I. Código de Conducta:

· Los valores que regirán la actuación de la empresa son los siguientes:

1. Honestidad. Representa el valor más importante ya que conlleva a que todas las actividades realizadas en el interior y exterior de la empresa sean apegadas a lo justo y recto.
2. Excelencia. Corresponde al perfeccionamiento diario de todas las personas trabajadoras en la empresa, lo que hace demostrar calidad y esmero en las actividades que les son encomendadas.
3. Profesionalismo. Consiste en la disposición para ejercer de manera responsable las funciones que se tienen encargadas, para lo cual se debe contar con los conocimientos necesarios sobre el desarrollo de las actividades.
4. Pasión. Significa que las personas trabajadoras de la empresa realizan sus actividades con la voluntad suficiente que conlleve una atención gratificante o suficiente para el cliente.
5. Calidad. Las personas quienes integran la empresa deben garantizar el servicio que se presta u ofrece a los consumidores.

· Conductas prohibidas y obligatorias en la empresa

Prohibidas:

1. Realizar conductas (acciones u omisiones) contrarias a las normatividad que tengan relación con las actividades de la empresa.
2. Utilizar un lenguaje inapropiado, tal como abusivo, amenazador o grosero para conducirise a los subordinados o a cualquier persona dentro de la empresa.
3. Realizar comentarios, bromas, afirmaciones o amenazas de contenido agresivo, insultante o humillante a subordinados o a cualquier persona dentro de la empresa.
4. Hacer comentarios degradantes a subordinados o a cualquier persona dentro de la empresa, relacionados con su forma de vestir, orientación sexual, raza, cultura o religión.
5. Difamar o deshonrar a un subordinado o subordinada frente a sus compañeros o compañeras u otros jefes o jefas.
6. Inducir o incitar de forma reiterada y grave a otros superiores de los que dependa un subordinado, a participar en cualquiera de las conductas prohibidas anteriores.
7. Retener información para la ejecución por un subordinado o subordinada de su trabajo o manipularla para inducirle a error y acusarle después de incompetencia o ineptitud profesional.

Obligatorias:

1. Salvaguardar en todo momento la integridad física de las personas que laboran en la empresa.
2. Velar en todo momento por los derechos laborales de las personas que colaboraran en la empresa.
3. Fomentar un ambiente de cordialidad, respeto y compañerismo entre las personas que laboran en la empresa.
4. Dirigirse con respeto y amabilidad a las personas que tengan relación directa con las actividades de la empresa.
5. Entregar trabajos de calidad y conforme a las especificaciones acordadas con las personas contratantes.
6. Dar atención personalizada a las personas contratantes que requieran alguna orientación o duda sobre los trabajos entregados.

Las conductas señaladas, tanto prohibidas como obligatorias, tienen carácter enunciativo más no limitativo, por lo cual pudieran actualizarse, considerando novedades en la aplicación de normas sociales o jurídicas o bien, en temas relacionados con las actividades de la empresa.